Manejo de grasas y sebos no comestibles.
a. Se prohíbe utilizar en cualquier etapa del proceso de elaboración
de grasas y sebos, los sebos y grasas provenientes de curtiembres y/ o
de plantas de tratamiento de aguas residuales.
b. Las instalaciones de bombeo y depósito de grasas y sebos cumplirán
con las siguientes condiciones:
1) los sistemas de bombeo y transporte deberán posibilitar una
correcta higiene de los mismos.
2) el proceso de separación de sólidos de las grasas y sebos, tendrá
un diseño que permita realizar las operaciones en forma higiénica.
3) los depósitos de sebos y grasas deberán disponer de sistemas de
calefacción interior, boca de hombre para su limpieza y facilidades para
asegurar un cierre eficaz.