Fecha de Publicación: 05/02/1996
Página: 1052-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Decreto 13/996

Modifícase el artículo 1º del decreto 421/992, por el que adecuan los 
aranceles correspondientes al Carné de Salud
(179)

   Ministerio de Salud Pública

                                          Montevideo, 23 de enero de 1996

   Visto: la necesidad de adecuar los aranceles que en materia de Carné
de Salud percibe el Ministerio de Salud Pública;

   Resultando: que las tarifas vigentes en dicha materia fueron aprobadas
por el Decreto Nº 421/992 de 8 de setiembre de 1992, dentro del marco
general de prestaciones asistenciales y otros servicios brindados por sus
distintas dependencias;

   Considerando: que debe ajustarse la percepción de los aranceles a la
índole de los beneficiarios y tipos de Carné de Asistencia, tomando
especialmente en cuenta la naturaleza de la prestación;

   Atento: a lo preceptuado por el artículo 178 de la Ley Nº 13.737 de 9
de enero de 1969, el Decreto Ley Nº 15.181 de 21 de agosto de 1981 y sus
Decretos Reglamentarios, a los artículos 408 y 430 de la Ley Nº 16.170 de
28 de diciembre de 1990 y a lo precedentemente expuesto;

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 421/992 de 8 de setiembre de
1992 por el que se adecuan los aranceles correspondientes al Carné de
Salud el que quedará redactado de la siguiente manera:
Titulares de Carné Gratuito de Asistencia................... Gratis.
Estudiantes de Enseñanza Primaria y Media.................. 0,4 U.R.
Estudiantes de Enseñanza Superior ......................... 0,4 U.R.
De aptitud Física, Ingreso Laboral Público, Privado........ 0,4 U.R.
Inmigración - Residencias.................................... 3 U.R.

Artículo 2

   El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su
aprobación.

Artículo 3

   Comuníquese; etc.

SANGUINETTI - ALFREDO SOLARI.
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