Fecha de Publicación: 03/02/2016
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 103

   A la entrada en vigencia del prsente presupuesto, serán de aplicación las disposiciones acordadas en los convenios colectivos, condicionadas a la existencia de disponibilidad presupuestal.
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