Fecha de Publicación: 03/02/2016
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 39

   Los años o Grados en la  Escala del Cargo del personal Semitécnico, se determinarán a partir de la fecha de ingreso al cargo o cargos que integren el grupo de la escala, excepto el cargo de Ayudante  (apartado I  del artículo 38°), donde se tomará la antigüedad total en la Institución, no considerándose a estos efectos los años de servicio en el cargo de Meritorio o Mensajero.
   D) CLASE DE SERVICIO
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