Fecha de Publicación: 03/02/2016
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 68

   Aquellos funcionarios  pertenecientes a la Oficina de Auditoría Interna, que deban realizar tareas de auditoría en el interior del país, percibirán un complemento diario equivalente a $ 525 (pesos uruguayos quinientos veinticinco) por los días que efectivamente desempeñen dichas tareas en el interior del país. Este complemento sumado a todas las retribuciones que perciba el funcionario no podrá superar el Grado de la Escala Patrón Única 46.0. Los funcionarios que perciban dicho complemento se entiende que se encuentran a la orden del Banco los días que perciben el mismo. Esta compensación  no será incluida para el cálculo del valor de la hora extraordinaria establecido en el artículo 10°.
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