Fecha de Publicación: 14/05/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Decreto 130/012

Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del BHU,
a regir desde el 1° de enero de 2012.
(716*R)

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
 TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 20 de Abril de 2012

VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al
ejercicio 2012;

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones;

ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

 Apruébense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco
Hipotecario del Uruguay a regir desde el 1° de enero de 2012, de acuerdo
con el siguiente detalle:

         CONCEPTO                             $
I -      INGRESOS.                    3.573.160.863
II -     EGRESOS                      4.502.215.140
         Egresos Operativos           1.783.059.777
         Operaciones Financieras      2.656.396.363
         Inversiones                     62.759.000
III -      SUPERAVIT/DEFICIT           -929.054.277
IV -      FINANCIAMIENTO.               983.000.000
V -      SUPERAVIT                       53.945.723


		
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