Fecha de Publicación: 14/05/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 17

 PERSONAL DE DIRECCIÓN. El personal de dirección del Instituto se integra
con los funcionarios que ocupan los Cargos establecidos en el Escalafón
Gerencial.
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