Fecha de Publicación: 14/05/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 23

 LICENCIA SIN GOCE DE SUELDO. A los efectos de la antigüedad y aumento
progresivo, será deducido el período de tiempo utilizado por los
funcionarios en licencia sin goce de sueldo.
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