Fecha de Publicación: 27/04/2004
Página: 158-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

Artículo 12

 El equipo de toma de muestras será designado exclusivamente por el 
Departamento Médico del Ministerio de Deporte y Juventud y contará con 
los profesionales certificados por este en la materia o el personal que 
estos profesionales calificadamente designen.
Ayuda