Fecha de Publicación: 14/05/2012
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Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 22

 SUBROGACIÓN. Los funcionarios a los que por resolución expresa del
Directorio se le asignen funciones correspondientes a un cargo de mayor
nivel del que revistan presupuestalmente, siempre que ocupen el mismo por
un lapso continuo no inferior a dos meses, tendrán derecho a percibir una
compensación equivalente a la diferencia entre el sueldo asignado al cargo
cuyas funciones desempeñen y el que corresponda a su cargo presupuestal.
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