Fecha de Publicación: 25/05/2015
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 12

   (Derogaciones). Deróganse los literales b) y d) del artículo 2° y el artículo 3° de la Resolución n° 450 del 31 de agosto de 2011, y su modificativa, artículo 3° de la Resolución n° 463 del 1° de agosto de 2013. Asimismo, se entienden derogadas las disposiciones de Resoluciones y Decretos contrarios a las disposiciones del presente.
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