Fecha de Publicación: 10/05/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 7

   (Sanciones).- El incumplimiento de lo previsto en el presente decreto será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 de la Ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014.
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