Fecha de Publicación: 27/04/2004
Página: 144-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 132/004

Declárase prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos 
sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo, el inmueble ubicado en zona 
rural del departamento de Montevideo, que se determina.
(804*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

                                           Montevideo, 20 de abril de 2004
                                                                          
VISTO: I) lo dispuesto en los artículos 732 a 736 de la Ley Nº 16.736, de 
5 de enero de 1996

II) que en aplicación de lo establecido en dichas normas legales, el 
Decreto Nº 65/002 de 8 de febrero de 2002, declaró prescindibles 
determinados inmuebles del Estado por no ser necesarios para el 
desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder 
Ejecutivo

RESULTANDO: que el inmueble Padrón Nº 23514 ubicado en zona rural de 
Montevideo, cuya administración se encuentra a cargo del Ministerio de 
Transporte y Obras Públicas, tampoco es necesario para el 
desenvolvimiento de dichos cometidos

CONSIDERANDO: conveniente declararlo prescindible, a efectos de habilitar 
su enajenación de acuerdo con el marco reglamentario previsto por los 
Decretos 378/002 del 30 de setiembre de 2002 y 370/003 de 10 de setiembre 
de 2003

ATENTO: a lo expuesto

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                     actuando en Consejo de Ministros                     
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Declárase prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos 
sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo el inmueble ubicado en zona 
rural del departamento de Montevideo, padrón 23.514, e incorpórese el 
mismo al Anexo del Decreto 65/002 de fecha 8 de febrero de 2002

BATLLE, DANIEL BORRELLI, DIDIER OPERTTI, ISAAC ALFIE, YAMANDU FAU, 
LEONARDO GUZMAN, LUCIO CACERES, JOSE VILLAR, SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO, 
CONRADO BONILLA, MARTIN AGUIRREZABALA, JUAN BORDABERRY, SAUL IRURETA.


Ayuda