Competencia.- La Dirección General Impositiva será el organismo competente en materia de recaudación, administración, fiscalización, determinación tributaria y cobro coactivo del impuesto en todos los casos.
El Banco de Previsión Social, a través de la Asesoría Tributaria y de Recaudación, colaborará con la citada Dirección en la recaudación del tributo.
Capítulo II
Adicional al Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS)