MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Deróganse los artículos 11 y 12 del decreto 609/980, de 12 de noviembre de 1980, quedando el régimen sancionatorio a que aluden dichas normas sustituido por lo dispuesto en el artículo 6º y lo establecido por el artículo 69 de la ley 13.695, de fecha 24 de octubre de 1968, en lo que tiene que ver con los compradores de ganado.Ayuda