Fecha de Publicación: 10/05/1982
Página: 262-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Fíjase el período de ventas entre el 20 de abril al 19 de noviembre de 1982, en lugar y horario que indique en su oportunidad la Dirección Forestal.
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