El monto del subsidio por desempleo para los empleados con
remuneración mensual, fija o variable, despedidos o en situación de
suspensión total de la actividad, será el equivalente al 50% (cincuenta
por ciento) del promedio mensual de las remuneraciones nominales
computables percibidas en los 6 meses inmediatos anteriores a
configurarse la causal.