Para tener derecho al subsidio por desempleo se requiere:
A) Para los empleados con remuneración mensual, haber computado 180
días, continuos o no, de permanencia en la planilla de control de
trabajo u otro documento equivalente, de una o más empresas;
B) Para los remunerados por día o por hora, haber computado 150
jornales en iguales condiciones;
C) Para los empleados con remuneración variable, haber percibido el
equivalente a seis salarios mínimos nacionales mensuales, en iguales
condiciones.
En todos los casos el mínimo de relación laboral exigido deberá
haberse cumplido en los 12 (doce) meses inmediatos anteriores a la fecha
de configurarse la causal.