Decreto 141/018
Sustitúyese el Anexo II del Decreto 369/010 respecto a Criterios para la definición de referencias para la realización de estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia de medicamentos.
(3.065*R)
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 14 de Mayo de 2018
VISTO: las "Referencias para la Realización de Estudios de Biodisponibilidad y Bioequivalencia de Medicamentos" aprobadas por Decreto N° 369/010 de 13 de diciembre de 2010;
CONSIDERANDO: que se entiende conveniente sustituir el Anexo II del mencionado Decreto, que contiene los criterios para la definición de referencias para la realización de estudios de biodisponiblidad y bioequivalencia de medicamentos;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, lo establecido por la Ley N° 9.202 (Orgánica de Salud Pública) de 12 de enero de 1934, el Decreto-ley N° 15.443 de 5 de agosto de 1983 y lo dispuesto por el Decreto N° 12/007 de 12 de enero de 2007, Decreto N° 379/008 de 4 de agosto de 2008, Decreto N° 261/009 de 1° de junio de 2009, Decreto N° 369/010 de 13 de diciembre de 2010 y Decreto N° 87/016 de 17 de marzo de 2016;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyase el Anexo II del Decreto N° 369/010 de 13 de diciembre de 2010, por el Anexo que se aprueba por el presente Decreto y forma parte integrante del mismo.