Decreto 145/009
Agrégase en el art. 2° del Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 27 de
febrero de 1996, en el valor de $ 0,70 de la escala de asignaciones
trimestrales para el cálculo de las Partidas de Etiqueta, al Consulado
General de la República en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, a
partir de la fecha que se determina.
(786*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 23 de Marzo de 2009
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo del 27 de febrero de 1996, por el
cual se fijan las asignaciones trimestrales para el cálculo de las
Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones
Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República;
RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 640/2008 de fecha 15
de diciembre de 2008 se establece el Consulado General de la República en
Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos;
CONSIDERANDO: que es pertinente fijar la asignación trimestral para Gastos
de Etiqueta para el Consulado General de la República en Ciudad de México,
Estados Unidos Mexicanos, en $ 0,70;
ATENTO: a lo establecido por el artículo 235 de la Ley 16.736 de 5 de
enero de 1996;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Agréguese en el artículo 2° del Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 27
de febrero de 1996, en el valor de $ 0,70 de la escala de asignaciones
trimestrales para el cálculo de las Partidas de Etiqueta, al Consulado
General de la República en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, a
partir del 15 de diciembre de 2008.
RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; PEDRO VAZ; ALVARO GARCIA.