PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Período de transición. Las tasas establecidas en los artículos 2° y 3° no serán aplicables a las operaciones que se beneficien con el régimen de financiamiento de exportaciones. En dicho caso serán de aplicación las tasas de devolución vigentes al 31 de mayo de 2014.Ayuda