Fecha de Publicación: 25/03/1977
Página: 530-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 37

La Dirección de Sanidad Vegetal, por intermedio de los Servicios
Fitosanitarios, procederá a la extracción de 3 (tres) muestras que se
envasarán en recipientes de vidrio, los cuales serán perfectamente
cerrados, lacrados y etiquetados. En las etiquetas, deberá constar lo
siguiente:

a)   Denominación comercial y número de registro del producto;

b)   Porcentaje en peso del principio activo o de los principios activos;

c)   Fecha de extracción de muestras, número del expediente deldel
Servicio
     Fitosanitario;

d)   Nombre de la firma importadora;

e)   Nombre del vapor y lugar en que se deposita el producto; y

f)   Firma del funcionario actuante de la Dirección de Sanidad Vegetal
     y sello de la oficina.

 Dos de estas muestras, serán enviadas a la Dirección de Laboratorios de
Análisis, con el respectivo expediente a los efectos de proceder a su
análisis. La tercer muestra quedará en poder del interesado.
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