La solicitud de registro será acompañada con:
A) Muestra en envases apropiados, en cantidad suficiente para su
análisis químico y ensayos de aplicación, a juicio de las oficinas
técnicas de la Dirección de Sanidad Vegetal y de la Dirección de
Laboratorios de Análisis del Ministerio de Agricultura y Pesca.
B) Bibliografía técnica correspondiente (por duplicado) que deberá
incluir:
a) Técnica o técnicas analítica (s) del producto considerado;
b) Propiedades físico-químicas del plaguicida y del o de los
principios activos;
c) Modo de acción;
d) Toxicología. Acción tóxica en humanos. Esencia de la misma;
e) Espectro biológico del plaguicida;
f) Amplia información de experiencias efectuadas con el producto
para las plagas y las condiciones que se citan en el país y
en el extranjero;
g) Fitotoxicidad y compatibilidad;
h) Tiempo de espera (tiempo de carencia);
i) Residuos tóxicos en p.pm. para los distintos cultivos o
productos, según las condiciones que se establecen en otros
países;
j) Adjuntar 2 (dos) ejemplares de etiquetas del país de origen del
producto y de otros donde haya sido registrado;
k) En general, toda información o dato que certifique la calidad y
efectividad del producto, para los fines propuestos; y
l) Muestras de los envases que se usarán para la venta cuando
correspondiere.
CAPITULO II
De las etiquetas