Fecha de Publicación: 10/05/1985
Página: 213-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 2

   Los beneficiarios de exoneraciones parciales de las tarifas de peaje,
en virtud de disposiciones vigentes, deberán actualizar el valor de las
libretas de boletos adquiridos antes de la entrada en vigencia del
presente decreto. Vencido el plazo los Puestos de Recaudación de Peaje no
recibirán los boletos que no hayan sido actualizados debiendo los
beneficiarios abonar la tarifa de Peaje completo.
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