Fecha de Publicación: 20/05/1997
Página: 360-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 11

  Renovación. Las solicitudes para la renovación de los permisos de pesca 
o caza acuática de carácter comercial deberán presentarse con antelación
a su vencimiento en formularios que al efecto confeccionará el INAPE, las
que debidamente instruidas serán elevadas al Poder Ejecutivo para su 
consideración.
 El INAPE no podrá dar trámite a solicitudes de renovación de
permisos de pesca comercial, si el interesado no acredita encontrarse
al día con sus obligaciones para con el Instituto.
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