Exoneración por las inspecciones y permisos para la pesca y caza
acuática de carácter científica. La expedición de estos permisos para
buques de bandera nacional, así como las inspecciones referidas que se
realicen a bordo, estarán exonerados del pago de derechos cuando se
tratare de personas o instituciones nacionales.
CAPITULO VI
Contralores