A propuesta del INAPE, cuando el grado de explotación de un
determinado recurso o conjunto de recursos lo haga necesario, y teniendo
en cuenta las modalidades de la pesca o caza acuática, la
interdependencia de las poblaciones y los estudios técnico-científicos,
el Poder Ejecutivo podrá declarar que se encuentran plenamente
explotados. En estos casos no se otorgarán nuevos permisos de pesca o
caza acuática para esos recursos, con las previsiones que a continuación
se expresan, y se declarará a la pesquería o cacería acuática cerrada.
En el caso de pesquerías o cacerías declaradas cerradas, cuando
disminuya el esfuerzo de pesca o caza acuática por debajo del que permita
obtener la captura total permisible, el INAPE podrá, mediante el
procedimiento de licitación o concurso, llamar a interesados en la
presentación de proyectos técnicos que establezcan niveles de explotación
óptimos para el recurso en cuestión. Los proyectos que se aprueben en
estas condiciones confieren a sus titulares el derecho a obtener por
parte del Poder Ejecutivo un permiso de pesca o caza acuática, siempre y
cuando se haya dado cumplimiento a los plazos y demás condiciones
establecidas por la administración.