Se prohibe la extracción comercial de mejillón (Mytilus sp.) en un
área acuática de 500 metros contados a partir de la línea de pleamar y
circundante de la Península de Punta del Este y Punta del Chileno, del
departamento de Maldonado.
Asimismo se prohíbe la extracción de dicha especie entre el 1º de mayo
y el 30 de noviembre de cada año, en la zona de Isla de Lobos; y entre
el 1º de marzo al 30 de setiembre de cada año, en la zona de Isla
de Gorriti.