MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Los buques pesqueros nacionales deberán ser comandadas por Capitanes, Oficiales de la Marina Mercante o por Patrones de pesca, con título refrendado por la Prefectura Nacional Naval, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes y según la modalidad de la pesca que se realice. Dichos buques no requerirán piloto para cumplir la navegación.Ayuda