Fecha de Publicación: 29/05/2023
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

                               Decreto 149/023

Modifícase el art. 75 de la Ley 20.075 de Rendición de Cuentas, de fecha 20 de octubre de 2022, con el fin de reasignar la partida que se determina.
(1.482*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA Y 
            ORDENAMIENTO TERRITORIAL
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
              MINISTERIO DE AMBIENTE

                                            Montevideo, 23 de Mayo de 2023

   VISTO: la gestión iniciada por la Presidencia de la República, solicitando efectuar las correcciones de los errores u omisiones en el artículo 75 de la Ley de Rendición de Cuentas N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;

   RESULTANDO: I) que el artículo reasignó una partida a un Objeto del Gasto que no corresponde en su totalidad con la finalidad del destino buscado por el Inciso;

   II) que la modificación propuesta del artículo no representa un aumento de costo presupuestal, sino que pretende corregir la distribución de la reasignación prevista originalmente;

   CONSIDERANDO: que el artículo 6° de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las correcciones de los errores u omisiones que se comprueben en la Ley de Rendición de Cuentas, debiendo dar cuenta previamente a la Asamblea General, quien dispone de un plazo de 15 (quince) días para expedirse al respecto;

   ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, y a la no objeción de la Asamblea General a efectuar la corrección solicitada;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese el artículo 75 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, por la siguiente redacción:

   "Artículo 75.- Reasígnase en el Programa 483 "Políticas de Recursos Humanos", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida de $ 25:090.028 (veinticinco millones noventa mil veintiocho pesos uruguayos) desde el Inciso 24 "Diversos Créditos", Unidad Ejecutora 002 "Presidencia de la República", Objeto del Gasto 576.045 "Incentivo retiro funcionarios de AFE", al Inciso 02 "Presidencia de la República", Unidad Ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil", de acuerdo al siguiente detalle:

Objeto del Gasto
Monto ($)
095/006 Fondo para Contratos de Trabajo
12:447.453
095/008 Fondo para Contrato función pública
12:642.575
TOTAL
25:090.028

   LACALLE POU LUIS; LUIS ALBERTO HEBER; FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; JOSÉ LUIS FALERO; OMAR PAGANINI; PABLO MIERES; KARINA RANDO; JUAN BUFFA; TABARÉ VIERA; RAÚL LOZANO; MARTÍN LEMA; ROBERT BOUVIER.
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