Establécese la implantación del régimen de cobro en ambos sentidos de
circulación en los puestos de recaudación de peaje de la margen derecha
del Río Santa Lucía, en las progresivas km.23.450 del nuevo trazado de la
Ruta Nº1 y a partir de la habilitación del Nuevo Puente sobre el Río
Santa Lucía, también en el puesto del km.22.300, actualmente existente de
dicha ruta.