Fecha de Publicación: 21/01/2005
Página: 197-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 3

 Establécese que para habilitar el paso vehicular por el puesto de peaje
ubicado en el km.23.450 del nuevo trazado de la Ruta Nº1 se deberá
previamente instalar en condiciones operativas un nuevo sistema
electrónico de percepción, cuyas características técnicas se ajustarán a
lo determinado en el Pliego de Condiciones Particulares de la Concesión y
a los adelantos verificados en la materia. Será de responsabilidad del
Organo de Control de la Concesión la supervisión de su instalación y la
autorización operativa correspondiente.
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