Fecha de Publicación: 13/06/2016
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Fe de erratas publicada/s: 04/08/2016, 09/09/2016.

Artículo 18

   Los trámites iniciados a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto que no se encuentren en alguna de las situaciones previstas por los artículos precedentes, deberán ajustarse al modelo de gestión de trámite establecido en este cuerpo normativo.
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