Fecha de Publicación: 26/06/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 3

   Se faculta al Ministerio de Industria, Energía y Minería a incluir o excluir, cuando las condiciones lo ameriten, elementos del listado anexo. Asimismo el mencionado Ministerio reglamentará los procedimientos para la emisión de las licencias de importación reguladas en el presente decreto.
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