Fecha de Publicación: 28/05/2012
Página: 20
Carilla: 20

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Fe de erratas publicada/s: 28/11/2012.

Artículo 8

 Las centrales de generación vinculadas a contratos suscritos en este
marco deberán cumplir con los requisitos establecidos por la normativa de
ordenamiento territorial y ambiental incluyendo la previsión y garantía
del desmantelamiento al final de su vida útil.
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