Fecha de Publicación: 20/06/1985
Página: 540-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 4

   Las denuncias deberán hacerse ante el Centro de Información y
Asesoramiento Toxicológico de la Facultad de Medicina, el que notificará
la misma a la División Epidemiología del Ministerio de Salud Pública, en
un informe mensual.
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