Fecha de Publicación: 22/10/1992
Página: 824-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 16

   El Directorio dispondrá de la eliminación de las vacantes que se
produzcan en el año 1991, disminuyéndose del Rubro 0 el importe
correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto por al Ley Nº 16.127 en su
artículo 35.
Ayuda