Fecha de Publicación: 07/06/2006
Página: 467-A
Carilla: 9

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 22

 Etiquetado, documentación y acondicionamiento:
Los centros velarán por que el etiquetado, la documentación y el
acondicionamiento se ajusten a los requisitos contemplados en la presente
norma.
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