Fecha de Publicación: 07/06/2006
Página: 467-A
Carilla: 9

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 23

 Distribución:
El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Organos velará por la calidad de las células y tejidos durante la
distribución. Las condiciones de distribución deberán ajustarse a los
requisitos contemplados en esta norma.
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