(Convocatoria a la Comisión Honoraria Asesora del Sistema Público de Radio y Televisión Nacional).- El Directorio del Sistema Público de Radio y Televisión Nacional deberá convocar a la Comisión Honoraria Asesora del Sistema Público de Radio y Televisión Nacional (CHASPRTN) dentro de los ciento ochenta (180) días corridos desde su integración. A tales efectos, dentro de los noventa (90) días corridos posteriores a su integración oficiará a las instituciones mencionadas en el artículo 171 de la Ley N° 19.307.