(Actividades oficiales en torneos internacionales).- Se entenderá por actividades oficiales en torneos internacionales de las selecciones nacionales de fútbol y basquetbol (artículo 39 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014) a la totalidad de las competencias organizadas por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), la Confederación Sudamericana de Fútbol (CSF), la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) y su filial FIBA Américas, el Comité Olímpico Internacional (COI), el Comité Paralímpico Internacional (CPI) y la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA).