Fecha de Publicación: 12/06/2019
Página: 10
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 18/06/2019.

Artículo 40

   (Acta resumida).- De todo lo actuado se labrará acta resumida, la que será firmada por el presidente, demás miembros de la CHASCA o del Consejo de Comunicación Audiovisual presente, el o los proponentes y todos los concurrentes que deseen hacerlo. 
   El acta será incorporada al expediente.
   Asimismo, se filmará la audiencia, quedando la grabación disponible en el sitio web del órgano de aplicación dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles siguientes a la realización de la audiencia.

                               CAPÍTULO II
                             CONSULTA PÚBLICA
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