Fecha de Publicación: 12/06/2019
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Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 18/06/2019.

Artículo 79

   (Audiencia pública).- En todos los concursos a los que hace referencia el artículo 117 de la Ley N° 19.307 se celebrará consulta pública y audiencia pública de presentación de las propuestas, las que se regirán por las normas procedimentales establecidas en el presente Decreto. La instancia presencial será presidida por la CHASCA.
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