Fecha de Publicación: 12/06/2019
Página: 10
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 18/06/2019.

Artículo 8

   (Dictado de normas e instrucciones particulares).- En ningún caso la competencia del Consejo de Comunicación Audiovisual de dictar normas e instrucciones particulares dispuesta en el literal O) del artículo 68 de la Ley N° 19.307, podrá ser interpretada como un poder de directiva respecto a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual, y deberá aplicarse respetando los principios de libertad de expresión y no censura.
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