Decreto 161/981
Se fija el Presupuesto de la Oficina Central de la Dirección General de Casinos y de los Casinos del Estado, para el ejercicio 1981.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 8 de abril de 1981.
Visto: El Proyecto de Presupuesto elevado por la Oficina Central de la Dirección General de Casinos y de los Casinos del Estado, correspondiente al ejercicio 1981.
Considerando: I) Que el trámite de este presupuesto se rige por lo dispuesto por el artículo 3º de la ley 13.921, de 30 de noviembre de 1970;
II) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen,
El Presidente de la República
DECRETA:
Fíjase en N$ 360:512.240 (nuevos pesos trescientos sesenta millones quinientos doce mil doscientos cuarenta) el Presupuesto Operativo y de Operaciones Financieras de la Oficina Central de la Dirección General de Casinos y de los Casinos del Estado, correspondiente al ejercicio 1981 y a regir desde el 1º de enero de dicho año, de acuerdo con la apertura siguiente:
Presupuesto Operativo y de Operaciones Financieras, nuevos pesos 360:512.240.00:
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribu. de Serv. Personales. 85:382.000
021 Personal Contratado ......... 37:445.000
071 Comp. Dedicación Total ...... 340.000
072 Comp. Tareas Extraord ....... 400.000
073 Comp. Tareas Especializad ... 200.000
074 Aguinaldo ................... 6:568.000
079 Otras Compensaciones ........ 39:400.000
082 Quebranto de Caja ........... 458.000
090 Otras Retribuciones Varias .. 571.000
___________
1 Servicios No Personales 12:000.000
2 Materiales y Art. de
Consumo ..................... 5:400.000
3 Maq. Equipos y Mobiliario ... 500.000
5 Const. Adic. Mejoras y
Reparaciones Extraordinarias. 2:350.000
6 Cargas Leg. y Prest. de
Carácter Social ............. 13:202.000
612 Impuestos Municipales ....... 30.000
613 Aporte Patronal
Jubilatorio ................. 12:808.000
623 Prest. Hogar Constituido .... 128.000
624 Prest. por Hijos ............ 202.000
625 Prest. por Fallecimiento .... 32.000
628 Prima por Matrimonio ........ 1.000
629 Prima por Nacimiento ........ 1.000
___________
7 Transferencias .............. 219:576.000
711 Transf. al Gob. Central ..... 131:233.440
713 Transf. a Gob. Depart. ..... 87:488.960
714 Transf. a Entes Ind. y
Com. ........................ 853.600
8 Desembolsos Financieros ..... 30.000
9 Asignaciones Globales ....... 200.000
Reserva ley 13.453,
artículo 3º.................. 21:872.240
Los Rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales" y 6 "Cargas Legales y Prestaciones de Carácter Social" están expresados a niveles de octubre de 1980.
Autorízase la contratación de hasta 550 funcionarios en carácter de Eventuales, por un lapso de hasta 180 días, por un monto total máximo de
N$ 5:999.400 (nuevos pesos cinco millones novecientos noventa y nueve mil cuatrocientos), con cargo al Renglón 21 "Personal Contratado", para atender las necesidades funcionales de períodos zafrales en todos los Casinos del Estado.
La partida indicada se encuentra comprendida en el monto del Rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales" autorizado por el artículo anterior.