Decreto 162/984
Se aprueban los Reglamentos de Concurso para ingreso como Alférez de los Servicios Generales del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Montevideo,3 de mayo de 1984.
Visto: la gestión del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas
solicitando la aprobación de los Reglamentos de Concurso para ingreso
como Alférez de los Servicios Generales.
Considerando: que es necesario uniformizar las bases de concurso de
ingreso a los distintos escalafones, los temas de pruebas de oposición y
disponer de un mismo criterio para el cálculo de los puntajes
correspondientes.
Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de
Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse los Reglamentos de Concurso para ingreso como Alférez de los
Servicios Generales del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, los
que quedarán redactados de la siguiente manera:
SERVICIO DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS
REGLAMENTO DE CONCURSO DE INGRESO PARA ALFEREZ MEDICO
CAPITULO I
Condiciones Generales
Artículo 1º Los ingresos al Escalafón Médico Militar serán exclusivamente
por Concurso de oposición y méritos en el grado de Alféreces.
Art. 2º Las condiciones que se requieren para inscribirse para el
Concurso son:
A. Ser Oriental (Ciudadano natural).
B. Gozar de buena salud y aptitud física comprobada mediante el
reconocimiento de una Junta Médica del Servicio de Sanidad de las
Fuerzas Armadas.
C. Acreditar conducta y antecedentes buenos llenando a tales efectos
el formulario que provee el Departamento I-Personal y Organización-
del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
D. Presentar certificado de conducta de la Jefatura de Policía del
departamento donde el aspirante tenga su residencia habitual.
E. Firmar una Declaración Jurada acreditando su adhesión a la forma
de Gobierno Democrático Republicano.
F. Tener hasta 35 años de edad.
G. Poseer título de Médico.
H. Otros requisitos serán establecidos en el llamado correspondiente.
Art. 3º Cumplirán destino en cualquier Unidad o Repartición de las
Fuerzas Armadas en Montevideo o en el Interior del país. En este último
caso será por un mínimo de 2 (dos) años.
CAPITULO II
De la Inscripción
Artículo 4º Las solicitudes correspondientes serán presentadas en
papel florete rayado con 5 copias en el Departamento I-Personal y
Organización- del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas que se
recibirán hasta el día y hora hábiles fijados en los llamados.
Art. 5º La solicitud será acompañada de:
A. Título de Médico o Certificado del Título expedido por el Ministerio
de Salud Pública.
B. Certificado de Especialista expedido por la Escuela de Graduados
de la Facultad de Medicina en los casos en que el llamado así lo
requiera.
C. Cinco (5) copias de Títulos, méritos y trabajos acompañados por los
certificados respectivos.
D. Cédula de Identidad y Credencial Cívica.
E. Partida de nacimiento expedida por el Registro Civil.
F. Ficha de enrolamiento, Jura de la Bandera (Artículo 29 de la ley
9.943)
G. Los otros requisitos correspondientes de acuerdo al artículo 2º.
Art. 6º Al Tribunal de Concurso deberán llegar los aspirantes en
condiciones perfectas de inscripción, siendo deber del Departamento I
admitir o rechazar las solicitudes de inscripción cuando éstas no se
ajusten a las disposiciones reglamentarias, debiendo también éste,
terminada la inscripción, tomar todas las medidas para someter a los
aspirantes al examen médico y prueba de aptitud física, debiendo
realizarlas antes de las pruebas de oposición.
CAPITULO III
Del Tribunal
Artículo 7º El Tribunal de Concurso estará constituido por cinco
miembros titulares y cinco suplentes designados por la Dirección del
Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, especificando quien
actuará como Presidente. En lo posible, estarán representadas en el
Tribunal las 4 especialidades generales (Medicina, Cirugía, Pediatría y
Ginecotocología). En los casos en que el llamado a Concurso se realice
para médicos de determinada especialidad (acorde a lo que establece el
artículo 96 de la ley 14.252) el Tribunal estará integrado por no menos
de 3 especialistas de la misma disciplina.
Art. 8º En casos de imposibilidad, de cualquiera de los miembros
designados para el Tribunal, será el mismo reemplazado por uno de los
suplentes en el orden establecido en el nombramiento.
Art. 9º Actuará como Secretario del Tribunal de Concurso el funcionario
designado al efecto.
CAPITULO IV
De los Méritos
Artículo 10 El Concurso tendrá una prueba de méritos que se
calificará de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la presente
reglamentación.
Art. 11 Se consideran méritos:
A. Concursos realizados.
B. Cargos desempeñados.
C. Trabajos publicados.
D. Otros méritos.
A. Concursos realizados
Generan méritos solamente si fueron seguidos de desempeño del
cargo durante un mínimo de un año o si se encuentran actualmente en
el desempeño del mismo.
A.1. En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, en relación
al cargo a desempeñar (hasta 1 punto).
A.2. En la Facultad de Medicina, en relación al cargo a desempeñar
y hasta un máximo de 2,5 puntos:
a. Grado 1: 0,4 puntos.
b. Grado 2: 0,6 puntos.
c. Grado 3: 0,8 puntos.
d. Grado 4: 1 punto.
e. Grado 5: 1,5 puntos.
A.3. En el Ministerio de Salud Pública en relación al cargo a desempeñar.
A.3.1. De practicante interno: 0,3 puntos.
A.3.2. De médico: 0,4 puntos.
A.4. En otras Instituciones Estatales, en relación con el cargo a
desempeñar (hasta un máximo de 0,30 puntos).
B. Cargos desempeñados
B.1. En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas:
- Cargo Titular y/o Contratado en relación con el cargo a desempeñar,
durante un año como mínimo, a razón de 0,5 puntos por año, con un
máximo de 2,5 puntos.
B.2. En la Facultad de Medicina:
-Cargos docentes, titulares, contratados o interinos en relación al
cargo a desempeñar como tiempo mínimo un año con un máximo de 4,5
puntos:
a. Grado 5: (0,75 puntos por año) con un máximo de 3 puntos.
b. Grado 4: (0,5 puntos por año) con un máximo de 2,5 puntos.
C. Grado 3: (0,4 puntos por año) con un máximo de 2 puntos.
d. Grado 2: (0,3 puntos por año) con un máximo de 1,5 puntos.
e. Grado l: (0,l puntos por año) con un máximo de 0,5 puntos.
B.3. En el Ministerio de Salud Pública y otras instituciones del
Estado:
Por cargos titulares, contratados o interinos en relación con el
cargo a desempeñar durante un tiempo mínimo de 1 año, a razón
de 0,2 puntos por año hasta un máximo de 1,25 puntos.
El total de puntos correspondientes al inciso B 2 no podrán
exceder de 8 puntos.
C. Trabajos Publicados
Las Tesis, Premios, los trabajos científicos publicados, participación
en Congresos, reuniones científicas, becas o cursos de especialización
se calificarán en este parágrafo.
Se entiende por trabajos publicados aquellos que lo hayan sido
literalmente o que, habiendo sido escritos, hayan sido presentados ante
congreso, reuniones o sociedades científicas reconocidas y que se
acompañan de evidencia documentada de su presentación. Se calificará
hasta un máximo de 1,5 puntos, los trabajos de interés nacional y hasta
3 puntos los de interés internacional.
D. Post - Grado
Por el Post-Grado otorgado por la Escuela de Graduados de la
Facultad de Medicina (en Medicina, Pediatría, Cirugía o Ginecología,
según corresponde)- 3 puntos.
CAPITULO V
Artículo 12 Las fechas de las pruebas las debe determinar el Tribunal
y las hará llegar a conocimiento de los concursantes, dentro de las
cuarenta y ocho horas de terminadas las inscripciones para notificarse
de ello.
Art. 13 Se realizarán una prueba clínica, una prueba de urgencia y
una prueba de semiología.
Art. 14 Las pruebas se calificarán cada una con un máximo de 20 (veinte)
puntos. El candidato que obtenga menos de 10 puntos en una de ellas será
eliminado.
A. Prueba Clínica
Será una prueba escrita.
Se planteará a los aspirantes un caso clínico. El caso será
sorteado entre cinco problemas distintos propuestos por cada uno
de los miembros del Tribunal, referentes a temas que figuren en
la lista respectiva.
Los candidatos dispondrán de tres horas para escribir y corregir
los trabajos; en ellas realizarán el análisis de la historia clínica,
establecerán un diagnóstico positivo, plantearán los diagnósticos
diferenciales más lógicos, harán un pronóstico aproximado del
enfermo y sus posibilidades evolutivas y expondrán el tratamiento que
requiere el enfermo. Deberán terminar la prueba haciendo una síntesis de
su opinión.
B. Prueba de Urgencia
Será una prueba escrita.
Se planteará a los aspirantes un caso clínico de urgencia, que
será sorteado entre cinco problemas distintos, propuestos por
cada uno de los miembros del Tribunal, referentes a temas que
figuren en la lista respectiva.
Los candidatos dispondrán de dos horas para escribir y corregir
los trabajos. Se realizará el examen de la historia clínica, se
establecerá un diagnóstico positivo, se plantearán los diagnósticos
diferenciales mas lógicos, se hará un pronóstico aproximado del enfermo
y sus posibilidades evolutivas y se expondrá el tratamiento de urgencia
que requiere el enfermo durante no más de las primeras 24 horas. Se
deberá terminar el trabajo haciendo una síntesis de la opinión que el
caso le merezca.
C. Prueba Semiológica.
Será una prueba práctica. El aspirante dispondrá de una hora
para examinar un caso clínico realizando sus anamnésis y examen
clínico, así como el estudio de los exámenes complementarios que
considere necesarios y que el Tribunal le entregará si los hubiere
cuando lo solicite. Posteriormente dispondrá de otra hora para
expresar por escrito los datos obtenidos del paciente, en especial
ananmésis, historia clínica y diagnóstico semiológico.
Art. 15 En los casos en que el llamado a Concurso se realice para
médicos de una determinado especialidad, los casos clínicos y de urgencia
así como los enfermos para la prueba de Semiología quedarán a
elección del Tribunal, pero se referirán a la especialidad
correspondiente.
Art. 16 Los trabajos deberán ser realizados en papel rubricado por el
presidente del Tribunal, escrito con tinta o bolígrafo no permitiéndose
abreviaturas, signos o dibujos y quedando prohibido durante el desarrollo
de las pruebas la utilización de libros o apuntes, salvo excepciones
a establecerse.
Art. 17 Una vez terminada la prueba, los trabajos deberán ser
presentados en un sobre lacrado y firmado por los concursantes y el
presidente del Tribunal.
Recogidos los trabajos y lacrados los sobres correspondientes, el
Tribunal indicará día y hora en que se procederá a la lectura de ellos,
ésta la realizará el propio concursante bajo la vigilancia de uno de los
mismos, que tendrá la misión de controlar que la lectura se ajuste al
escrito; en el caso de que aquél no pudiera concurrir por causas
justificadas, podrá solicitar al Tribunal que designe la persona para
realizarla; esta solicitud deberá formularse por escrito antes de
comenzar la lectura de la prueba. El no presentarse a ella significará
hacer abandono del concurso.
Art. 18 De cada reunión el Tribunal levantará un acta que debe ser
firmada por todos los miembros. Terminadas las pruebas se labrará un
acta final en que constará el puntaje total de cada concursante y se
confeccionará una lista, para cuyo orden de precedencia se seguirá el
criterio de la mayor calificación. Esta acta será firmada por los
miembros del Tribunal y todos los concursantes.
Art. 19 En ningún caso el Tribunal podrá proponer otras soluciones que
las que resulten de la calificación numérica de las pruebas, ni hacer
en el fallo apreciaciones sobre el valor de los concursantes que no
hubiesen resultado triunfantes en las mismas.
En caso de empate en cualquier orden de colocación final se realizará
una prueba complementaria a criterio del Tribunal entre los concursantes
que resulten con igual puntaje. Los fallos son inapelables.
Art. 20 El Tribunal podrá eliminar del concurso al concursante que
cometiere irregularidades, faltas que a juicio de la mayoría de sus
miembros motivaran esta pena y se hará constar en las actas del
concurso con expresión de causas.
CAPITULO VI
Condiciones Generales
Artículo 21 La constitución del Tribunal se hará conocer a los
concursantes una vez cerrado el periodo de inscripción.
Art. 22 Todo lo que no está previsto en el presente reglamento se
ajustará a lo que en materia prescriben las leyes y reglamentaciones en
vigencia para los Servicios Auxiliares.
TEMARIO PARA LA PRUEBA CLINICA DEL CONCURSO PARA ALFERECES MEDICOS
1. Trastornos del ritmo cardíaco.
2. Insuficiencia cardíaca.
3. Enfermedades coronarias.
4. Pericarditis.
5. Endocarditis bacteriana.
6. Valvulopatías cardíacas.
7. Cardiopatías congénitas.
8. Hipertensión arterial.
9. Fiebre reumática.
10. Síndromes mediastinales.
11. Neumopatías agudas.
12. Tuberculosis.
13. Derrames pleurales.
14. Insuficiencia respiratoria.
15. Síndrome de condensación pulmonar.
16. Asma.
17. Cáncer de pulmón.
18. Embolia pulmonar, infarto de pulmón.
19. Septicemia.
20. Ulcera gastroduodenal.
21. Cirrosis hepática.
22. Cáncer de estómago.
23. Colecistitis.
24. Pancreatitis.
25. Ictericia.
26. Insuficiencia hepática.
27. Síndrome meníngeos.
28. Hemiplegia y síndromes piramidales.
29. Paraplegias.
30. Síndromes extrapiramidales.
31. Síndrome cerebelosos.
32. Síndrome de hipertensión endocraneano.
33. Comas.
34. Síndrome nefrótico.
35. Insuficiencia renal.
36. Pielonefritis.
37. Nefropatías médicas.
38. Nefropatías gravídica.
39. Anemia.
40. Sindrome hemorragíparo.
41. Mieloma.
42. Leucemia y linfoma.
43. Endocrinopatías. Diabetes.
44. Hidatidosis.
45. Enfermedades eruptivas e infectocontagiosas.
46. Síndrome febril prolongado.
47. Supuración pulmonar.
48. Síndromes clínicos con disturbios hidroeléctroliticos y del
equilibrio ácido-base.
49. Infección puerperal.
TEMARIO PARA LA PRUEBA DE URGENCIA DEL CONCURSO PARA ALFEREZ MEDICO
1. Trastornos del ritmo cardíaco
2. Shock.
3. Insuficiencia cardíaca.
4. Enfermedades coronarias agudas.
5. Taponamiento agudo cardíaco.
6. Emergencias hipertensivas.
7. Oclusión arterial aguda periférica.
8. Aneurisma disecante de aorta.
9. Neumotórax.
10. Derrames pleurales.
11. Hemoptisis.
12. Insuficiencia respiratoria aguda.
13. Asma.
14. Embolia pulmonar. Infarto de pulmón.
15. Colecistitis aguda.
16. Pancreatitis.
17. Oclusión intestinal.
18. Apendicitis. Peritonitis.
19. Síndrome coledociano.
20. Hemorragia digestiva.
21. Insuficiencia hepática.
22. Síndromes meníngeos.
23. Hemorragia subaracnoidea.
24. Hemorragia cerebral.
25. Comas.
26. Convulsiones.
27. Intoxicaciones.
28. Traumatismos encéfalo-craneanos.
29. Traumatismos raqui-medulares.
30. Politraumatismos y fracturas en general.
31. Heridas graves de mano.
32. Quemaduras.
33. Tétanos.
34. Insuficiencia renal aguda.
35. Trastornos agudos de la crasis sanguínea.
36. Insuficiencia suprarenal.
37. Crisis de hipertiroidismo.
38. Crisis de miastenia.
39. Acidosis diabética.
40. Hipoglucemia.
41. Emergencias psiquiátricas.
42. Cuadro agudo de bolsas.
43. Hemorragias del embarazo
44. Hemorragias del parto y del alumbramiento.
45. Rotura del útero.
46. Embarazo ectópico.
47. Torsiones pediculares en ginecología.
REGLAMENTO DE CONCURSO DE INGRESO PARA ALFEREZ ODONTOLOGO
CAPITULO I
Condiciones Generales
Artículo 1º Los cargos de Alférez Odontólogo serán llenados siempre
por Concurso de "Mérito y Suficiencia". Los postulantes deberán poseer
Título de Odontólogo expedido por la Universidad de la República.
Art. 2º Para presentarse a Concurso, se requiere:
2.1 Ser Oriental (Ciudadano natural)
2.2 Gozar de buena salud y aptitud física comprobada mediante
el reconocimiento de una Junta Médica de Sanidad Militar,
la cual regirá por lo que determina la reglamentación para
el reconocimiento médico de personal de los Servicios Auxiliares.
2.3 Acreditar conducta y antecedentes buenos, llenando a tal
efecto el formulario correspondiente que proveerá el Departamento I
-Personal y Organización.
2.4 Presentar Certificado de Conducta de la Jefatura de Policía
del Departamento donde el aspirante tenga su residencia habitual.
2.5 Firmar una Declaración Jurada acreditando su adhesión a
la forma de Gobierno Democrático Republicano.
2.6 Tener hasta 35 años de edad.
Art. 3º Cumplirán destinos en Reparticiones o Unidades de las
Fuerzas Armadas de la Capital o del Interior que fije la Superioridad y
las comisiones que le asignen.
DE LA INSCRIPCION
Artículo 4º Las solicitudes correspondientes serán presentadas en papel
florete con 5 copias en el Departamento I-Personal y Organización
del Servicio de Sanidad, las que recibirán hasta el día y hora hábiles
fijados en los llamados.
Art. 5º Las solicitudes serán acompañadas de:
5.1. Título de doctor de Odontología o Certificado expedido por
la Facultad de Odontología en sustitución del mismo.
5.2. Credencial Cívica y Cédula de Identidad que serán devueltas una vez
anotados.
5.3. Partida de Nacimiento (Acta completa expedida por el
Registro Civil), como también la Jura de la Bandera, Ficha
de Enrolamiento y demás exigencias reglamentarias (Artículo 29 de la
ley 9.943).
5.4. Certificado de Buena Conducta y antecedentes satisfactorios de
acuerdo con el formulario que se proveerá.
5.5. Cinco copias de títulos, méritos y trabajos acompañados por
certificados respectivos.
Art. 6º Al Tribunal de Concurso deben llegar los aspirantes en
condiciones perfectas de inscripción, siendo deber del Departamento I
admitir o rechazar las solicitudes de inscripción cuando éstas no se
ajusten a las disposiciones reglamentarias debiendo también éste,
terminada la inscripción, tomar todas las medidas necesarias para
someter a los aspirantes al examen médico y prueba de aptitudes físicas;
debiendo realizarlos antes de las pruebas de oposición.
DE LOS TRIBUNALES
Artículo 7º Los Tribunales de Concurso estarán constituídos por
cinco miembros titulares y cinco suplentes, que designará la Dirección
del Servicio de Sanidad de los Fuerzas Armadas, dentro de los quince
días de cerrada la inscripción, especificando quien actuará como
Presidente.
Art. 8º En casos de imposibilidad de cualquiera de los miembros
designados para el Tribunal, será el mismo reemplazado por uno de los
suplentes en el orden establecido en el nombramiento.
Art. 9º Actuará como secretario del Tribunal de Concurso el funcionario
designado al efecto por la Dirección General del Servicio de
Sanidad de las Fuerzas Armadas.
CAPITULO II
De los Méritos
Artículo 10 El concurso constará de una prueba de méritos que se
calificará de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la presente
Reglamentación.
Art. 11 Se considerarán méritos:
A. Concursos realizados.
B. Cargos desempeñados.
C. Trabajos publicados.
D. Otros méritos.
A. Concursos Realizados
Generan méritos solamente si fueron seguidos de desempeño del
cargo con un mínimo de un año o si se encuentran actualmente en
el desempeño del mismo.
A.1. En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas en
relación al cargo a desempeñar (hasta un punto).
A.2. En la Facultad de Odontología.
A.2.1. Por Concurso de Oposición o Méritos y Oposición en
relación al cargo a desempeñar y con un máximo de 1.8
puntos.
Grado 1 (O.l puntos)
Grado 2 (0.3 puntos)
Grado 3 (0.5 puntos)
Grado 4 (0.6 puntos)
Grado 5 (1.5 puntos)
A..2..2 Por concurso de Méritos o llamado a aspirantes en relación
al cargo a desempeñar, hasta 1.5 puntos.
a. Grado 2 (0.1 puntos)
b. Grado 3 (0.3 puntos)
c. Grado 4 (0.5 puntos)
d. Grado 5 (1.5 puntos)
El puntaje máximo generado de los incisos A.2.1 y A.2.2 no podrá
exceder de 2.5 puntos.
A.3. En el Ministerio de Salud Pública con relación con el cargo
a desempeñar.
A.3.1. Practicante de Odontología (0.2 puntos)
A.3.2. De Odontologo (0.4 puntos)
A.4. En otras Instituciones del Estado en relación con el cargo a
desempeñar.
A.4.1. De Odontólogo (0.4 puntos)
B. Cargos desempeñados
B.1. En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas. Cargo
Titular y/o contratado en relación con el cargo a desempeñar,
durante un año como mínimo a razón de 0,5 puntos por
año con un máximo de 2.5 puntos.
B.2. En la Facultad de Odontología.
B.2. 1. Cargo docente, titulares, contratados o interinos desempeñando
un tiempo mínimo de un año. El puntaje máximo de este inciso será de 5
puntos:
a. Grado 5 (0.75 puntos por año) con un máximo de 3.75
puntos.
b. Grado 4-3 (0.75 puntos por año) con un máximo de 2.5
puntos.
C. Grado 2 (0.3 puntos por año) con un máximo de 1.5 puntos.
d. Grado 1 (0.1 punto por año) con un máximo de 0.5 puntos.
B.3. En el Ministerio de Salud Pública y otras Instituciones del
Estado.
B.3.1. Por cargos titulares, contratados e interinos durante un
tiempo mínimo de 1 año a razón de 0.25 puntos por año con
un máximo de 0.75 puntos. El total de puntos correspondientes
al inciso "B" no puede exceder de 8 puntos.
C. Trabajos publicados
Se calificará de acuerdo al siguiente criterio:
C.1. Trabajos de Utilidad Nacional hasta un máximo de 1.5 puntos.
C.2. Trabajos de originalidad Universal (hasta un máximo de 3 puntos).
Se entiende como tales los trabajos reproducidos en publicaciones
extranjeras. Deben acompañarse de evidencias documentadas de su
presentación.
D. Otros méritos
Se considerarán como tales:
- Cursos de post-grado.
- Jornadas de mejoramiento profesional y congresos nacionales
e internacionales vinculados al ejercicio profesional.
- Becas de perfeccionamiento, tesis, premios, se calificarán en
este capítulo
- Se juzgarán globalmente hasta un máximo de 3 puntos.
CAPITULO III
Pruebas de Suficiencia - Valoración
Artículo 12 El concurso constará de dos pruebas escritas teóricas y
una prueba sobre el paciente, que versará sobre los temas siguientes:
12.1 Una prueba escrita correspondiente al programa de Cirugía
Buco-maxilo-facial adjunta.
12.2 Una prueba escrita correspondiente al programa de Operatoria Dental
y Endodoncia adjunta.
12.3 Una prueba clínica sobre paciente que consiste en:
A) Historia Clínica.
B) Realización práctica de Operatoria Dental y/o Cirugía.
Art. 13 Las pruebas escritas teóricas serán de "selección múltiple"
y los cuestionarios constarán de un número de preguntas a fijar por el
Tribunal, cada una con cuatro opciones. Se computarán 20 puntos al
trabajo con todas las opciones correctas.
Las opciones verdaderas se marcarán con una "V" y las falsas con una
"F".
En estas pruebas se deberán reunir un mínimo de diez puntos para su
aprobación, puntaje que lo habilitará para realizar la prueba escrita
siguiente. De no reunirse los diez puntos el concursante quedará
automáticamente eliminado.
Art. 14 El Tribunal, previa la corrección de los trabajos, deberá
establecer los lineamientos generales que servirán de base para la
corrección de los mismos.
Art. 15 Entre las pruebas deberá mediar un tiempo mínimo de diez
días a contar de la realización de la prueba anterior.
Art. 16 Al comenzar la prueba de suficiencia, cada concursante
recibirá el puntaje que le ha correspondido del estudio de sus méritos,
el que será sumado al resultado final de la prueba de suficiencia.
Art. 17 Queda prohibido durante la realización de las pruebas la
utilización de libros y apuntes.
Art. 18 El no presentarse a realizar las pruebas en tiempo y forma
indicará el abandono de la prueba de concurso.
Art. 19 Antes de iniciarse cada prueba escrita, los concursantes
recibirán del Tribunal un sobre cerrado conteniendo dos tarjetas con el
seudónimo y el duplicado correspondiente, distinto para cada prueba.
Vencido el plazo para la entrega de trabajos el concursante entregará
la tarjeta con su seudónimo sin firmar en un sobre cerrado, dicho sobre
cerrado se adjuntará al trabajo original terminado y ambos serán
ensobrados y lacrados por el concursante con el sello del Tribunal.
El concursante firmará y conservará en su poder el duplicado del
seudónimo hasta el momento de su identificación.
Art. 20 Una vez entregados los trabajos el presidente del Tribunal
notificará a los concursantes día y hora en que se brindará el resultado
de la calificación. No se iniciará una prueba sin que haya calificado la
anterior y comunicado su resultado.
Art. 21 El Tribunal iniciará el estudio de los trabajos de los
concursantes en el plazo más breve posible, para tal fin, al abrirse un
sobre de trabajo, se le asignará un número, el cual se anotará también
en el sobre, conteniendo el original del seudónimo; sobre que
permanecerá cerrado. Valorizados todos los trabajos, el Tribunal en
pleno y en presencia de los concursantes, procederá a comunicar el
puntaje obtenido por cada uno al tiempo que lo identificará por su
seudónimo, abriendo al efecto en el mismo acto el sobre con el seudónimo
que acompaña el trabajo escrito.
Art. 22 Los concursantes que obtuvieran un puntaje mínimo de seis
puntos que los habilita para realizar la prueba siguiente, no deberán
identificarse en el acto de comunicarse el puntaje adjudicado a cada
seudónimo. Aquellos que no obtengan el puntaje mínimo requerido,
deberán identificarse a los efectos de ser eliminados del concurso.
Art. 23 En la Planilla de valores llevada en cada prueba, figurará
solamente el seudónimo y el puntaje correspondiente al mismo.
Art. 24 Después de comunicarle los puntajes correspondientes a la
última prueba escrita se procederá a la identificación de los seudónimos
de todos los que aprobaron las dos primeras pruebas, para lo cual cada
concursante deberá entregar los duplicados conservados en su poder
hasta este momento. Complementando ésto se procederá a realizar la
planilla con los valores correspondientes.
Art. 25 Para la realización de la historia clínica los concursantes
dispondrán de una hora como máximo e igual tiempo para la realización
Practica. El puntaje para esta prueba práctica, será establecido entre
diez y veinte puntos, quedando eliminado el concursante que no alcance
el mínimo de diez puntos.
Art. 26 De cada reunión el Tribunal levantará Acta que debe ser firmada
por todos sus miembros. Terminadas las pruebas se labrará un Acta final en
que constará el puntaje total de cada concursante y se confeccionará una
lista para cuyo orden de precedencia se seguirá el criterio de la mayor
calificación.
Esta Acta será firmada por los miembros del Tribunal y en lo posible por
todos los concursantes.
Art. 27 En ningún caso el Tribunal podrá proponer otras soluciones que
las que resulten de la calificación numérica de las pruebas, ni hacer en
el fallo apreciaciones sobre el valor de los concursantes que no hayan
resultado triunfantes en las mismas. En caso de empate en cualquier orden
de colocación final se realizará una prueba complementaria entre los
concursantes que resulten con igual puntaje. Los fallos son inapelables.
Art 28 El Tribunal podrá eliminar del concurso al concursante que
cometiera irregularidades, faltas que a juicio de la mayoría de sus
miembros motivaron esta pena y se hará constar en las Actas de concurso
con expresión de causa.
PROGRAMA PARA LAS PRUEBAS DE SUFICIENCIA CLINICA QUIRURGICA
BUCO - MAXILO - FACIAL - (PRUEBA l)
Bol. 1. Evaluación de riesgos quirúrgicos.
Bol. 2. Anestésicos locales -su estudio comparativo-distintas
técnicas de anestesia local y regional.
Bol. 3. Accidentes y complicaciones de la anestesia local y regional.
Bol. 4. La avulsión dentaria. Distintas tecnicas.
Bol. 5. Dientes retenidos. Distintas técnicas para la avulsión.
Bol. 6. Accidentes y complicaciones de la avulsión dentaria.
Bol. 7. La sangre. Elementos constituyentes. Mecanismos de
coagulación. Hemorragia y Hemostasis.
Bol. 8. Tratamiento quirúrgico de los procesos apicales.
Bol. 9. Procesos inflamatorios del tejido celular.
Bol.10. Sinusitis maxilar de origen dentario.
Bol.11. Traumatismos del maxilar inferior. Estudio clínico y
tratamiento.
Bol.12. Traumatismo del tercio medio de cara. Estudio clínico y
tratamiento.
Bol.13. Antibióticos y Quimicoterápicos. Su uso odontológico.
Bol.14. A.T.M Anatomía, Fisiología, Patología, Concepto de
tratamiento.
Bol.15. Lesiones Precancerosas. Clasificación, Diagnóstico y
tratamiento.
Bol.16. Hiperplasias inflamatorias. Clasificación, diagnóstico y
tratamiento.
CLINICA DE OPERATORIA DENTAL, ENDODONCIA; PROTESIS Y PERIODONCIA
(PRUEBA II)
1. Medicación del dolor del punto de vista de la operatoria dental
y endodoncia
2. Etiología, prevención y fisiopatología de la caries dentaria.
3. Principios básicos en preparaciones cavitarias.
4. Cavidades de clase I y Il para amalgama e incrustaciones de
oro.
5. Cavidades de clase III y V para cementos y silicato, resinas
compuestas e incrustaciones de oro.
6. Estudio de la amalgama dental, composición, propiedades y
manipulación, indicaciones y contraindicacíones.
7. Estudio del cemento de silicato, resinas compuestas cemento
de fosfato de zinc, de carboxilato y vidrio Ionómero,-
composición, propiedades y manipulación,- indicaciones y
contraindicaciones.
8. Selección de los materiales de obturación temporarios y
permanentes,
9. Estados inflamatorios pulpares. Cambios regresivos pulpares.
Etiopatogenia. Diagnóstico. Pronóstico. Plan de tratamiento.
10 Complicaciones periapicales agudas y crónicas.
Etiopatogenia. Diagnóstico. Pronóstico. Plan de tratamiento.
11 Conservación pulpar. Aspectos preventivos en endodoncia.
Protección pulpar directa e indirecta y pulpotomía.
12 Preparación quirúrgica del conducto radicular. Pulpas vivas
necróticas y/o gangrenosas.
13 Obturación de conductos radiculares. Distintas técnicas.
Reparación apical y periapical.
14 Tratamientos radiculares en dientes caducos.
15 Toma de Impresión para incrustaciones de oro. Sustancia de
impresión, técnicas.
16 Sintomas y signos de la enfermedad paradencial. Examen
clínico y radiográfico. Diagnóstico. Pronóstico. Plan de
tratamiento. Método de prevención.
17 Materiales y técnicas de impresión en prostodoncia.
18 Relaciones intermaxilares. Diferentes técnicas de registro.
REGLAMENTO DE CONCURSO DE INGRESO PARA ALFEREZ QUIMICO FARMACEUTICO
CAPITULO I
Condiciones Generales
Artículo 1º Los cargos de Alférez Químico Farmacéutico serán
llenados siempre por Concurso de "Méritos y Suficiencia". Los postulantes
deberán poseer título de Químico Farmacéutico, con orientación
bioquímica u orientación tecnológica, de acuerdo a la naturaleza del
llamado, expedido por la Universidad de la República.
Art. 2º Para presentarse a Concurso se requiere:
2.1. Ser Oriental (Ciudadano natural).
2.2. Gozar de buena salud y aptitud física comprobada mediante el
reconocimiento de una Junta Médica del Servicio de Sanidad de las
Fuerzas Armadas, la cual se regirá por lo que determina la reglamentación
para el reconocimiento médico del personal de los Servicios Auxiliares y
por las Pruebas Físicas correspondientes. Estas aptitudes deben
determinarse dentro de los primeros 15 días a partir del ciérre de
inscripción.
2.3. Acreditar conducta y antecedentes buenos, llenando a tal efecto el
formulario correspondiente que proveerá el Departamento I- Personal y
Organización.
2.4. Presentar Certificado de Conducta de la Jefatura de Policía del
Departamento donde el aspirante tenga residencia habitual.
2.5. Firmar una declaración Jurada acreditando su adhesión a la forma de
Gobierno Democrático Republicano.
2.6. Tener hasta 35 años.
Art. 3º Cumplirán destinos en reparticiones o unidades de las Fuerzas
Armadas de la Capital o del Interior que fije la superioridad y las
comisiones que se le asignen.
DE LA INSCRIPCION
Artículo 4º Las solicitudes correspondientes serán presentadas en
papel florete con 5 copias en el Departamento I-Personal y Organización
del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, las que se recibirán
hasta el día y hora hábiles fijados en los llamados.
Art. 5º Las solicitudes serán acompañadas de:
5.1 Título de Químico Farmacéutico o Certificado expedido por
la Facultad de Química en sustitución del mismo.
5.2 Credencial Cívica y Cédula de Identidad que serán devueltas una vez
anotadas.
5.3 Partida de nacimiento (Acta completa expedida por el Registro Civil),
como también la Jura de la Bandera, ficha de enrolamiento y demás
exigencias reglamentarias (Artículo 29 de la ley 9.943).
5.4 Certificado de Buena Conducta y antecedentes satisfactorios de
acuerdo con el formulario que se proveerá.
5.5 Cinco copias de títulos, méritos y trabajos acompañados por
los certificados respectivos.
Art. 6º Al Tribunal de Concurso deben llegar los aspirantes en
condiciones perfectas de inscripción, siendo deber del Departamento I
admitir o rechazar las solicitudes de inscripción cuando éstas no se
ajusten a las disposiciones reglamentarias debiendo también éste,
terminada la inscripción, tomar todas las medidas necesarias para
someter a los aspirantes al examen médico y prueba de aptitud física
debiendo realizarlas antes de las pruebas de oposición.
DE LOS TRIBUNALES
Artículo 7º Los Tribunales de Concurso estarán constituidos por 3
miembros titulares y 3 suplentes, que designará la Dirección del Servicio
de Sanidad de las Fuerzas Armadas dentro de los quince días de cerrada la
inscripción, especificando quién actuará de Presidente.
Art. 8º En casos de imposibilidad de cualquiera de los miembros
designados para el Tribunal, será el mismo reemplazado por uno de los
suplentes en el orden establecido en el nombramiento.
Art. 9º Actuará como Secretario del Tribunal de Concurso el funcionario
designado al efecto por la Dirección General del Servicio de
Sanidad de las Fuerzas Armadas.
CAPITULO II
De los Méritos
Artículo 10 El concurso constará de una prueba de méritos que se
calificará de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la presente
reglamentación.
Art. 11 Se considerarán méritos:
A) Concursos realizados.
B) Cargos desempeñados.
C) Trabajos publicados.
D) Otros méritos
A. Concursos realizados: Generan méritos solamente si fueron seguidos de
desempeño del cargo con un mínimo de un año o si se
encuentran actualmente en el desempeño del mismo.
A.l. En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas en
relación al cargo a desempeñar (1 punto)
A.2. En la Facultad de Química.
A.2.1 Por concursos de Oposición y Méritos y Oposición en relación
al cargo a desempeñar y con un máximo de 1.8 puntos.
Grado 1 (0.1 puntos)
Grado 2 (0.3 puntos)
Grado 3 (0.5 puntos)
Grado 4 (0.6 puntos)
Grado 5 (1.5 puntos)
A.2.2 Por concurso de méritos o llamado a aspirantes en relación
al cargo a desempeñar, hasta 1.5 puntos.
a) Grado 2 (0.1 puntos)
b) Grado 3 (0.3 puntos)
c) Grado 4 (0.5 puntos)
d) Grado 5 (1.5 puntos)
El puntaje máximo generado en los incisos A.2.1 y A.2.2.
no podrá exceder de 2.5 puntos.
A.3. En el Ministerio de Salud Pública con relación con el cargo
a desempeñar.
A.3.1 Bachiller en Química (0.2 puntos)
A.3.2 Químico Farmacéutico (0.4 puntos)
A.4 En otras Instituciones del Estado con relación al cargo a
desempeñar.
A.4.1 De Químico Farmacéutico (0.4 puntos)
B. Cargos desempeñados:
B.1 En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
B.1.1 Cargo titular y/o contratado en relación con el cargo a
desempeñar durante un año como mínimo a razón de 0.5
puntos por año con un máximo de 2.5 puntos.
B.2 En la Facultad de Química.
B.2.1 Cargo docente titulares, contratados o interinos desempeñados en
tiempo mínimo de un año. El puntaje máximo de este inciso será de 5
puntos.
a) Grado 5 (0.75 puntos por año) con un máximo de 3.75
puntos.
b) Grado 4 (0.5 puntos por año) con un máximo de 2.5 puntos.
c) Grado 3 (0.4 puntos por año) con un máximo de 2 puntos.
d) Grado 2 (0.3 puntos por año) con un máximo de 1.5 puntos.
e) Grado 1 (0.1 puntos por año) con un máximo de 0.5 puntos.
B.3 En el Ministerio de Salud Pública y otras Instituciones del
Estado.
B.3.1. Por cargos titulares, contratados e interinos durante un
tiempo mínimo de 1 año a razón de 0.25 puntos por año con
un máximo de 0.75 puntos.
El total de puntos correspondientes al inciso "B" no podrá exceder
de 8 puntos.
C. Trabajos publicados:
Se calificarán de acuerdo al siguiente criterio:
C.1. Trabajos de Utilidad Nacional hasta un máximo de 1.5 puntos.
C.2. Trabajos de originalidad Universal (hasta un máximo de 3 puntos)
Se entiende como tales los trabajos reproducidos en publicaciones
extranjeras.
D. Otros méritos:
Se considerarán como tales:
Curso de doctorado Orientación Bioquímica en la Facultad
de Química.
D.l. Cursos terminados (hasta 0.5 puntos)
D.2. Doctorado terminado (hasta 1.5 puntos)
D.3. Jornadas de mejoramiento profesionales y congresos nacionales o
internacionales vinculados al ejercicio profesional (hasta 1 punto)
CAPITULO III
De las Pruebas de Oposición
Artículo 12 Consistirá en dos pruebas escritas teóricas y una prueba
práctica que versarán sobre los temas siguientes:
12.1. Dos pruebas teóricas. Se adjunta temario.
12.2. Una prueba práctica. Se adjunta temario.
Art. 13 Los temas de las pruebas escritas serán sorteados en presencia
de los aspirantes de entre 3 (tres) tareas del programa vigente,
seleccionados a los efectos a razón de uno por cada miembro del Tribunal.
13.1. Los concursantes dispondrán de un máximo de 3 horas consecutivas
para la realización de las pruebas escritas.
13.2. Para el práctico dispondrán los concursantes de hasta 3
(tres) horas como máximo.
Art. 14 Al comenzar las pruebas de Oposición cada concursante
recibirá el puntaje que le ha correspondido del estudio de sus méritos,
el cual será sumado al resultado final de las pruebas de Oposición.
CAPITULO IV
De las Pruebas
Artículo 15 Entre una prueba de Oposición y la siguiente debe mediar
un tiempo mínimo de diez días; estas fechas las debe determinar el
Tribunal y hacerlas llegar a conocimiento de los concursantes, los cuales
deberán ser notificados por el Tribunal dentro de las 48 horas de
terminadas las pruebas.
Art. 16 Los trabajos escritos deberán ser realizados en papel rubricado
por el Presidente del Tribunal y escrito con tinta, no permitiéndose
abreviaturas, signos o dibujos y quedando prohibidos durante el desarrollo
de las pruebas la utilización de libros y apuntes.
Art. 17 Una vez terminada la prueba, los trabajos deberán ser
guardados en un sobre lacrado y firmado por los concursantes y el
Presidente del Tribunal.
Recogidos los trabajos y lacrados los sobres correspondientes, el
Tribunal indicará el día y hora en que se procederá a la lectura de
ellos; ésta la realizará el propio concursante y bajo la vigilancia de
uno de los mismos que tendrá la misión de controlar que la lectura se
ajuste al escrito, en caso de que aquel no pudiera concurrir por causas
justificadas, podrá solicitar al Tribunal que designe la persona que lo
realizará; esta solicitud deberá formularse por escrito antes de comenzar
la lectura de la prueba; el no presentarse a ella significará hacer
abandono del concurso.
Art. 18 La calificación de las pruebas de oposición se hará de acuerdo
a la escala numérica del 1 a 20 puntos, considerándose eliminados los
candidatos que no obtengan por Io menos diez puntos. Cada prueba una
vez terminada, se calificará; la calificación se hará llegar a
conocimiento de los concursantes. No se iniciará una prueba sin que haya
sido calificada la anterior y comunicado su resultado.
Art. 19 De cada reunión del Tribunal se levantará un acta que debe
ser firmada por todos sus miembros. Terminadas las pruebas se labrará
un acta final en que constará el puntaje total de cada concursante y se
confeccionará una lista para cuyo orden de precedencia se seguirá el
criterio de la mayor calificación. Esta acta será firmada por los
miembros del Tribunal y en lo posible por todos los concursantes.
Art. 20 En ningún caso el Tribunal podrá proponer otras soluciones
que las que resulten de la calificación numérica de las pruebas, ni hacer
en el fallo apreciaciones sobre el valor de los concursantes. En caso de
empate en cualquier orden de colocación final se realizará una prueba
complementaria entre los concursantes que resulten con igual puntaje.
Los fallos son inapelables.
Art. 21 El Tribunal podrá eliminar del concurso al concursante que
cometiera irregularidades o faltas que a juicio de la mayoría de sus
miembros motivaran esta pena y se hará constar en las actas del
concurso con expresión de causa.
TEMARIOS DE LAS PRUEBAS DE CONCURSO PARA ALFEREZ QUIMICO FARMACEUTICO
DEL SERVICIO DE QUIMICA Y BACTERIOLOGIA
PRUEBAS ESCRITAS
1. Estudio de la orina. Pruebas de funcionalidad renal y su
interpretación.
2. Metabolismo de los glúcidos, metodología empleada para su
estudio. Importancia clínica.
3. Metabolismo lipidico; metodología empleada. Importancia clínica.
4. Métodos para la evaluación de la función hepática.
5. Metabolismo proteico. Metodología empleada. Importancia clínica.
6. Balance electrolítico. Perturbaciones del intercambio hidrosalino.
7. Equilibrio ácido-base. Acidosis y alcalosis metabólica y respiratoria.
Mecanismos de compensación.
8. Estudio de la hemostasis; su importancia clínica.
9. Enzimograma hepático y cardíaco; importancia clínica.
10. Pruebas treponémicas y no treponémicas para el diagnóstico de
la sífilis.
11. Sistema inmune y mecanismos inmunitarios.
12. Pruebas para diagnóstico de alteraciones inmunitarias. Importancia
clínica.
13. Metodología usada por el laboratorio para el diagnostico de
enfermedades bacterianas.
14. Estudio hematológico de sangre perisférica. Metodología empleada.
15. Principales alteraciones en sangre perisférica de las anemias y
leucemias.
PRUEBA PRACTICA
1. Estudio citoquímico y bacteriológico de I.O.R
2. Examen físico-químico y microscópico de la orina.
3. Examen citoquímico de líquidos patológicos.
4. Electrolitos en sangre y orina.
5. Estudio de crasis sanguínea. Tiempo de coagulacion y sangría.
Tiempo de protombina,-Test Howell, T. de Von Kaulla.
6. Estudio becteriológico de un exudado u otro material patológico.
7. Hemograma completo con clasificación, observación citomorfológica,
recuento plaquetario. Cálculo de constantes.
8. Preparación de soluciones valoradas.
9. Clearance de creatinina.
10. Estudio parasitológico de materias fecales.
TEMARIOS DE LAS PRUEBAS DE CONCURSO PARA ALFEREZ QUIMICO FARMACEUTICO
DEL LABORATORIO FARMACEUTICO
PRUEBA ESCRITA Nº 1 (Farmacodinamia)
1. Concepto de droga y medicamento. Dosis. Mecanismos de acción.
Vías de administración y absorción de los medicamentos,
Biotransformación y eliminación de las drogas.
Ensayo biológico.
2. Sistema nervioso central.
3. Sistema nervioso autónomo y periférico.
4. Farmacología gastrointestinal.
Farmacología del útero.
Farmacología del aparato respiratorio.
Farmacología del ojo.
5. Farmacología cardiovascular.
6. Farmacología renal.
7. Farmacología del sistema endócrino.
8. Medicación antianémica.
Farmacología de la coagulación.
9. Quimioterapia antinfecciosa.
PRUEBA ESCRITA Nº 2 (Farmacotécnica)
1. Sistemas sólidos.
2. Vehículos y adyuvantes. Corrección de caracteres organolépticos.
3. Sistemas microdispersos.
4. Sistemas dispersos y plásticos.
5. Sistemas extractivos.
6. Sistemas para uso parenteral y ocular.
PRUEBA PRACTICA
1. Análisis de materia prima, productos en proceso y productos
terminados.
2. Teoría de la técnica de análisis microbiológicos e interpretación
de datos.
3. Obtención de una forma farmacéutica.
4. Diseño de una especialidad farmacéutica.
REGLAMENTO DE CONCURSO PARA ALFEREZ NURSE
CAPITULO I
Condiciones Generales
Artículo 1º Los cargos de aspirantes a Alferez Nurses serán llenados
siempre por Concurso de "Méritos y Oposición".
Los postulantes deberán poseer el título de Enfermera Profesional,
expedido por la Escuela de Nurses "Doctor Carlos Nery" o Escuela
Universitaria, debidamente registrado en el Ministerio de Salud Pública
o Universidad de la República.
Art. 2º Para presentarse a Concurso se requiere:
2.1. Ser Oriental (Ciudadano natural).
2.2. Edad: menos de 35 años.
2.3. Acreditar conducta y antecedentes buenos, llenando a tal
efecto, el formulario correspondiente, que proveerá el Departamento I
-Personal y Organización.
2.4. Presentar Certificado de Conducta de la Jefatura de Policía
del Departamento donde el Aspirante tenga su residencia habitual.
2.5. Firmar una Declaración Jurada acreditando su adhesión a
la forma de Gobierno Democrático Republicano.
2.6 Presentar certificado de Juramento de Fidelidad a la Bandera, en el
caso de tratarse de aspirantes que no formen parte de los cuadros de las
Fuerzas Armadas.
2.7. Gozar de buena salud y aptitud física para el cargo a
desempeñar, mediante el reconocimiento médico del Servicio de Sanidad de
las Fuerzas Armadas y las pruebas físicas correspondientes.
CAPITULO Il
De la inscripción
Artículo 3º Las solicitudes correspondientes serán presentadas en
papel florete con 5 copias en el Departamento I-Personal y Organización
del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, las que se recibirán
hasta el día y hora hábiles fijados en los llamados.
Art. 4º Las solicitudes serán acompañadas de:
4.1. Título de enfermera profesional.
4.2. Cinco copias de títulos, méritos y trabajos acompañados por
los certificados correspondientes.
4.3. Cédula de Identidad y Credencial Cívica.
4.4. Partida de nacimiento expedida por el Registro Civil.
4.5. Ficha de enrolamiento, Jura de la Bandera (Artículo 29 de la ley
9.943).
4.6. Los otros requisitos correspondientes de acuerdo al artículo 2.
Art. 5º Al Tribunal de Concurso deberán llegar los aspirantes en
condiciones perfectas de inscripción, siendo deber del Departamento I,
admitir o rechazar las solicitudes de inscripción cuando éstas no se
ajusten a las disposiciones reglamentarias, debiendo también éste,
terminada la inscripción, tomar todas las medidas para someter a los
aspirantes al examen médico y prueba de aptitud física.
CAPITULO III
Del Tribunal
Artículo 6º El Tribunal del Concurso estara constituido por 5
miembros: 3 Jefes u Oficiales Médicos del Servicio de Sanidad, uno de
los cuales actuará de Presidente y 2 Oficiales Nurses, designados por la
Dirección de Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, con sus
respectivos suplentes, actuando como secretario un funcionario designado
a tal efecto, sin voz ni voto.
Art. 7º Los fallos de los Tribunales de Concurso serán inapelables.
Art. 8º En ningún caso el Tribunal podra proponer otras soluciones
que las que resulten de la calificación numérica o las pruebas ni hacer en
el fallo apreciaciones sobre el valor de los concursantes que no hayan
resultado triunfantes en el mismo.
En caso de empate en cualquier orden de colocación final, se realizará
una prueba complementaria entre los concursantes que resulten con
igual puntaje, sorteandose del Temario adjunto.
Art. 9º De cada reunión del Tribunal se levantará un Acta que deberá
ser firmada por todos los miembros; terminado el Concurso, las Actas
originales y demás documentos serán elevadas a la Dirección del
Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, con la correspondiente
planilla del puntaje por prueba y de clasificación final.
Art. 10 la Dirección del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas
designará el Tribunal y lo investirá de sus cargos; a partir de ese
momento el Tribunal dispondrá de 10 días para pronunciarse sobre los
méritos de los concursantes.
Se comunicará a los concursantas la integración del Tribunal luego de
cerrado el período de inscripción.
CAPITULO III
De las Pruebas del Concurso
A. De los Méritos:
Artículo 11 Se considerarán Méritos;
1) Actuación calificada en el Servicio de Sanidad de las Fuerzas
Armadas, a razón de un punto por año, hasta un máximo de 10
puntos.
2) Tiempo de servicios prestados en reparticiones Oficiales en cargos
obtenidos por concursos ganados y habiendo ocupado el cargo un
año como mínimo, a razón de 0,5 puntos por año, hasta un máximo
de 2 puntos.
3) Tiempo de servicios prestados como docente en Instituciones
Oficiales dentro de su especialidad, hasta 2 puntos.
4) Trabajos científicos sobre la especialidad Congresos o Becas de
Enfermería en relación con las funciones del cargo que se concursa
realizadas en Instituciones Oficiales o sociedades especializadas,
hasta 3 puntos.
5) Escolaridad certificada en las Escuelas de procedencia Universitaria
de Enfermería, de Nurses "Doctor Carlos Nery", o Universitaria de
Enfermería "Doctor Carlos Nery" hasta 1 punto.
6) Cursos de Post-Graduados realizados en Institutos Oficiales
nacionales o extranjeros debidamente certificados, hasta 2 puntos.
B. De las Pruebas de Oposición: (valoración)
Artículo 12 El Concurso constará de una prueba escrita de Capacitación
Técnica Profesional, una prueba escrita sobre Administración Hospitalaria
y una prueba de Diagnóstico de situación en Sala.
Las pruebas de Capacitación Técnico Profesional y de Administración
Hospitalaria serán escritas y versarán sobre un tema sorteado entre los
correspondientes a los temarios respectivos. En cada prueba los
concursantes tendrán dos horas para desarrollar el tema y corregir la
prueba.
Cada prueba será punteada entre 0 y 20 puntos y se considerarán
eliminados los candidatos que no obtengan un puntaje mínimo de 10
puntos.
Para la prueba de diagnóstico de situación de Sala los concursantes
serán conducidos a una Sala del Hospital Central de las Fuerzas
Armadas (diferente para cada una de ellas) y dispondrán de 2 horas para
realizar la apreciación, que a continuación será expuesta en forma verbal
ante el Tribunal, para lo cual dispondrá de 15 minutos. Serán punteados
de 0 a 20 puntos y se considerarán eliminados los candidatos que no
obtengan un puntaje mínimo de 10 puntos.
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Artículo 13 Los trabajos escritos deberán ser realizados en papel
rubricado por el Presidente del Tribunal, no permitiéndose abreviaturas,
signos o dibujos quedando prohibido durante la realización de la
prueba, la consulta de libros, apuntes o cualquier otro material que no
haya sido autorizado previamente por el Tribunal.
Art. 14 El concursante una vez terminado el trabajo lo firmará, lo
depositará en un sobre, proporcionado por el Tribunal, el que será
firmado por el Presidente y por el interesado.
Art. 15 Los trabajos serán leídos por los concursantes y controlados
por otro integrante o el Secretario del Tribunal.
Art. 16 De cada reunión el Tribunal levantará un Acta que debe ser
firmada por todos los miembros. Terminadas los pruebas se labrará un
acta final en que constará el puntaje total de cada concursante y se
confeccionará una lista, para cuyo orden de precedencia se seguirá el
criterio de la mayor calificación.
Esta Acta será firmada por los miembros del Tribunal y todos los
concursantes.
Art. 17 En ningún caso el Tribunal podrá proponer otras soluciones
que las que resulten de la calificación númerica de las pruebas, ni hacer
en el fallo apreciaciones sobre el valor de los concursantes que no
hubiesen resultado triunfantes en las mismas.
En caso de empate en cualquier orden de colocación final se realizara
una prueba complementaria a criterio del Tribunal entre los concursantes
que resulten con igual puntaje. Los fallos son inapelables.
Art. 18 El Tribunal podrá eliminar del Concurso al concursante que
cometiere irregularidades, faltas que a juicio de la mayoría de sus
miembros motivaran esta pena y se hará constar en las Actas del Concurso
con expresión de causas.
CAPITULO IV
Condiciones Generales
Artículo 19 La constitución del Tribunal se hará conocer a los
concursantes una vez dado el período de inscripción.
Art. 20 Todo lo que no está previsto en el presente reglamento se ajustará
a lo que en la materia prescriben las leyes y reglamentaciones en vigencia
para los Servicios Auxiliares
TEMARIOS PRUEBAS TECNICAS CONCURSO PARA ALFEREZ NURSE
1º) Aspecto que debe tener en cuenta la Enfermería pediátrica al
planear el cuidado de un prematuro.
2º) Alimentación e higiene del niño durante el primer año de
vida y particularmente del recién nacido.
3º) Cuidado del niño con trastornos digestivos y nutritivos en su
primer año de vida.
4º) Principios básicos en el cuidado de los pacientes cardiovasculares
fundamentalmente insuficiencia cardíaca, infarto de miocardio,
hipertensión arterial. Medidas preventivas de esas afecciones.
5º) Principios básicos en el cuidado de los pacientes con afecciones
hepatobiliares, fundamentalmente litiasis vasicular y coledocianos,
inflamación de vías biliares.
6º) Cuidado integral del paciente diabético.
7º) Cuidado integral de los pacientes con afecciones renales,
fundamentalmente nefritis o insuficiencia renal. Cólico nefrítico.
8º) Cuidado en pacientes con traumatismo encefalocraneano.
9º) Cuidado en pacientes con cirugía de tórax.
10º) Principales cuidados de enfermos traumatológicos, enfocando
traumatismos de miembros y columna.
11º) Funciones de la Nurse en pro y post parto normal.
12º) Enumerar las afecciones patológicas del recién nacido más
frecuentes. Enfocando incompatibilidad sanguínea, problemas
respiratorios, etc.
13º) Funciones educativas de la Nurse en el embarazo normal.
TEMARIO PARA PRUEBA ESCRITA SOBRE ADMINISTRACION HOSPITALARIA
1º) Organización del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas y
Hospital Central de las Fuerzas Armadas.
2º) Organización de un Departamento de Enfermería.
3º) Programación de la Supervisión.
4º) Administración de Personal.
5º) Estimación de las necesidades de Personal de un Departamento de
Enfermería.
REGLAMENTO DE PRUEBA FISICA PARA CONCURSO DE INGRESO DE ALFEREZ DE LOS
SERVICIOS GENERALES
1. Flexiones de brazo (barra) 3 (tres)
2. Abdominales 17 (diecisiete)
3. Extensiones de brazo 10 (diez)
4. Carrera 1.600 metros
5. Salto alto 1 metro.