MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Sustitúyase el Artículo 16.4.3 de la Sección 4 del Capítulo 16 del Reglamento Bromatológico citado, por el documento denominado "Reglamento Técnico Mercosur de Identidad y Calidad de Queso Rallado", contenido en la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR Nº 81/96, referida en el Artículo 1º de la presente norma.Ayuda