Para realizar la práctica de las modalidades de caza deportiva,
científica, comercial y de control, los interesados deberán obtener un
"Permiso de Caza".
El órgano emisor de los permisos de caza será el Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de
Recursos Naturales Renovables.
Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a designar
oficinas expedidoras de los permisos de caza en el interior del país.
No es permitido expedir, a nombre de un mismo titular, más de un
permiso de caza deportiva por un mismo período de vigencia, aun cuando se
tramitaren en diferentes oficinas expedidoras. Los permisos
supernumerarios carecen de validez.