MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
El crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en las compras en plaza e importaciones de bienes y servicios destinados a la fabricación de los bienes a que refiere el literal K) del numeral 1) del artículo 17º del Título 10 del Texto Ordenado 1991, se hará efectivo por el procedimiento aplicable a los exportadores. IMPUESTO ESPECIFICO INTERNOAyuda