Fecha de Publicación: 09/02/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

 Comité Coordinador de Evaluación de Contratos de Participación
Público-Privada

A efectos de lograr la actuación coordinada de la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas requerida en los
artículos 18 y 47 de la Ley No. 18.786 de 19 de julio de 2011, ambos
organismos podrán crear, en cada oportunidad, un Comité Coordinador de
Evaluación de Contratos de Participación Público-Privada que estará
integrado por dos miembros, un representante designado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y otro representante designado por el
Ministerio de Economía y Finanzas.-
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